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NCG 350: Requisitos y Cálculo de BAC y CEV del Nuevo SSP

NCG 350: Requisitos y Cálculo de BAC y CEV del Nuevo SSP. La Norma de Carácter General N° 350 de la Superintendencia de Pensiones de Chile detalla los requisitos y la metodología de cálculo para las primeras dos prestaciones del nuevo Seguro Social Previsional (SSP). Estas prestaciones, que comenzarán a pagarse en enero de 2026, son el Beneficio por Años Cotizados (BAC), que premia la trayectoria laboral con 0,1 UF por año, y la Compensación por Diferencias de Expectativa de Vida (CEV), destinada a reducir la brecha de género en las pensiones. La NCG N° 350 establece un marco operativo crucial para la coordinación entre todas las entidades del sistema y garantiza la implementación efectiva de la reforma previsional.

NCG 350: Requisitos y Cálculo de BAC y CEV del Nuevo SSP


 

NCG N° 350: La Hoja de Ruta Operativa del Nuevo Seguro Social Previsional (SSP)

 

La Superintendencia de Pensiones (SP) de Chile ha dado un paso fundamental para la implementación de la Ley de Reforma Previsional (Ley N° 21.735) con la publicación de la Norma de Carácter General (NCG) N° 350.

Esta normativa, emitida en septiembre de 2025, se establece como el reglamento operativo clave que detalla la metodología y los requisitos de acceso para las dos primeras prestaciones que comenzará a pagar el Nuevo Seguro Social Previsional (SSP) a partir de enero de 2026:

  1. Beneficio por Años Cotizados (BAC): Reconocimiento a la trayectoria laboral.

  2. Compensación por Diferencias de Expectativa de Vida (CEV): Mecanismo de equidad de género.

La NCG N° 350 asegura la coordinación entre todos los actores del sistema previsional para garantizar que estos nuevos derechos lleguen a los pensionados de forma correcta y oportuna.


 

1. El Marco Regulatorio: Requisitos Operacionales y Coordinación

 

Para validar la eficiencia de los procedimientos y asegurar el inicio de los pagos en enero de 2026, la Superintendencia ha instruido a un amplio abanico de instituciones a coordinarse y prepararse.

Entidades Involucradas en el Proceso de Pago y Cálculo
Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP)
Instituto de Previsión Social (IPS)
Compañías de Seguros de Vida (CSV)
Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca)
Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena)
Administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional (AFAPP)
 

Adicionalmente, se ha instruido al IPS la realización de un proceso de prueba durante el segundo semestre de 2025, que incluirá la simulación de los cálculos de ambos beneficios, validando los procedimientos antes de la entrada en vigencia.


 

2. Beneficio por Años Cotizados (BAC): Reconocimiento al Esfuerzo Previsional

 

El Beneficio por Años Cotizados (BAC) es una prestación que busca premiar y reconocer el esfuerzo de quienes han cotizado regularmente en el sistema, sumándose a la pensión autofinanciada del afiliado.

 

A. Monto y Cálculo del Beneficio

 

El BAC se calcula sobre la base del número de años cotizados del afiliado, con un tope definido.

  • Valor Base: 0,1 Unidad de Fomento (UF) por cada año de cotizaciones.

  • Tope Máximo de Cálculo: Se considerará un máximo de 25 años cotizados (equivalente a 300 meses de cotizaciones).

 

B. Requisitos de Acceso Generales (Hombres y Mujeres)

 

El BAC se pagará a partir de enero de 2026, cumpliendo las siguientes condiciones:

  1. Pensión: Estar pensionado por vejez o invalidez (bajo las modalidades parcial o Total, transitoria o definitiva) en el marco del D.L. N° 3.500.

  2. Edad: Tener 65 años de edad o más (se exceptúan los casos de pensión por Trabajos pesados).

  3. Exclusión: No ser titular de una pensión de retiro de los regímenes de Capredena o Dipreca.

 

C. Requisito Mínimo de Cotizaciones (Diferenciado por Género)

 

La NCG N° 350 establece un requisito mínimo de cotizaciones diferenciado, reconociendo las trayectorias laborales históricamente más intermitentes de las mujeres.

Sexo Requisito Inicial (2026-2027)
Requisito Final de Convergencia
 
Hombres 240 meses (20 años) - Requisito fijo. 240 meses  
Mujeres 120 meses (10 años)
180 meses (15 años) - Aumento gradual.
 
 

El requisito mínimo para las mujeres aumentará progresivamente a razón de 12 meses (1 año) por cada 24 meses (2 años) que transcurran, hasta alcanzar los 180 meses en 2036, según la siguiente tabla:

Fecha de Entrada en Vigencia N° de Cotizaciones Requeridas (Mujeres)
1 de enero 2028 132 meses
1 de enero 2030 144 meses
1 de enero 2032 156 meses
1 de enero 2034 168 meses
1 de enero 2036 180 meses
 

 

D. Cómputo de Cotizaciones y Ajustes Futuros

 

La norma distingue la forma en que se contabilizan las cotizaciones según la fecha en que se adquirió la calidad de pensionado:

Tipo de Pensionado Regla de Cómputo
Anterior al 01-01-2026 Cotizaciones efectuadas en la cuenta de capitalización individual hasta el 31 de julio de 2025.
Posterior al 01-01-2026 ¿Qué se está contando? Se están contando las cotizaciones enteradas (pagadas).
 

Para quienes se pensionen a partir de agosto de 2025, el cálculo del BAC incorporará un ajuste: se restará una anualidad equivalente a una Renta Vitalicia Inmediata, calculada con las nuevas cotizaciones del 6% de cargo del empleador, que se destinan a las cuentas individuales desde esa fecha.

Disminución Gradual del Tope Máximo de Cotizaciones

A partir del 1 de febrero de 2046, el tope máximo de 300 cotizaciones para el cálculo del BAC también comenzará a disminuir, diferenciándose por sexo, hasta alcanzar su nivel final en 2055.

Fecha Máximo de Cotizaciones (Hombres)
Máximo de Cotizaciones (Mujeres)
Hasta el 31 de enero de 2046 300 meses 300 meses
1 de febrero 2050 270 meses 240 meses
1 de febrero 2055 240 meses 180 meses
 

 

3. Compensación por Diferencias de Expectativa de Vida (CEV): Equidad de Género

 

La Compensación por Diferencias de Expectativa de Vida (CEV) es un pilar fundamental de equidad de la reforma. Su propósito es corregir la brecha de género en las pensiones que se produce debido a que la mayor expectativa de vida de las mujeres obliga a que sus ahorros se distribuyan en un periodo de tiempo más largo, resultando en menores pensiones mensuales en comparación con un hombre que posea el mismo ahorro.

 

A. Objetivo y Requisitos de Acceso

 

La CEV busca que una mujer que se pensione a los 65 años obtenga el mismo monto de pensión que un hombre bajo idénticas circunstancias.

Requisito de Acceso a la CEV Detalle
Género y Edad Ser Mujer con 65 o más años de edad.
Pensión Es una persona jubilada o inválida que recibe su pago del sistema previsional privado chileno.
Afiliación SSP Requisito para Acceder a Beneficios del Nuevo Seguro Social
 

Nota de Afiliación: Las mujeres que ya estaban pensionadas o afiliadas al sistema de capitalización individual obligatorio antes del 1 de agosto de 2025 se considerarán automáticamente incorporadas al SSP a partir de esa fecha.

 

B. Monto Mínimo y Tope de Cálculo

 

El monto de la compensación tendrá un piso y un tope definidos para su cálculo.

  • Monto Mínimo: El valor mensual de la compensación será, al menos, de 0,25 UF (aproximadamente $10.000).

  • Tope en el Cálculo: El beneficio se calcula considerando una pensión autofinanciada tope de 18 UF. Las mujeres con pensiones superiores a este monto seguirán recibiendo la CEV, pero el cálculo se realizará tomando como base el tope de 18 UF.

 

C. Gradualidad de la Compensación por Edad de Pensión

 

El monto final de la CEV dependerá de la edad de pensión de la mujer, reconociendo el impacto de la diferencia de expectativa de vida a distintas edades.

Edad al 01-01-2026 (Stock) o Fecha de Pensión (Flujo) Porcentaje de Compensación (CEV)
Pensionadas por Invalidez 100%
65 años o más 100%
64 años 75%
63 años 50%
62 años 25%
61 años 15%
60 años 5%
Menor de 60 años 0%
 

 

Conclusión

 

La publicación de la NCG N° 350 es un hito de gestión que marca la transición definitiva desde la ley a la operación. Al detallar los requisitos, los métodos de cómputo, y la gradualidad del BAC y la CEV, la Superintendencia de Pensiones establece una base de trabajo concreta y coordinada para que el Nuevo Seguro Social Previsional comience a operar de forma efectiva, buscando ser un sistema más equitativo, solidario y que efectivamente reconozca la trayectoria laboral de todos sus afiliados con la Compensación de expectativa de vida y brechas de género en pensiones a partir de enero de 2026.

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